
Julio – Diciembre 2021 • Vol. 1 Nº 1 Universidad Ciencias Empresariales ISSN:
DOI: https://doi.org/10.55833/dbj.v1i1.3
El Arancel Especial de la Zofra Tacna y su relación con las migraciones fronterizas Perú-Chile (2010 -2019)
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continente debido a la crisis de los países de
Oriente y del fortalecimiento económico de
algunos países sudamericanos.
Los flujos migratorios y las prácticas sociales de
las personas que viven en la frontera, la cruzan
permanentemente y la convierten en un recurso y
en una oportunidad (Faist, 2012; Sinatti, 2008).
Según Podestá (2011:128), el paso terrestre entre
Perú y Chile (entre la frontera peruana, Santa
Rosa y la chilena, Chacalluta) es el segundo cruce
internacional más transitado de Sudamérica.
En las ciudades de Tacna y Arica se produce una
dinámica migratoria muy viva, i) migración diaria,
de ida y vuelta que para las estadísticas la
DIGEMIN y MINCETUR los citan como “visitante
del día” ii) migración semanal, que se produce
cuando se convierten en turistas porque
permanecen más de 48 horas.
Tacna, como ciudad de frontera realiza un gran
intercambio comercial por la visita constante del
turista chileno que dinamiza la economía de la
región con un gasto per cápita promedio por día
del visitante chileno, en US$83 dólares
americanos.
Por otro lado, la Región Tacna alberga a la única
Zona Franca del Perú que tiene dos unidades
estratégicas de negocios i) La Zona Franca que
atienda actividades productivas y de servicios y ii)
La Zona Comercial de Tacna, que es motivo de
análisis en esta investigación por ser el origen de
la recaudación del arancel.
La Zona Comercial de Tacna es el área geográfica
que comprende el distrito de Tacna y los centros
comerciales del distrito de Alto de la Alianza, en el
que las mercancías que en ella se internen desde
los Depósitos Francos de ZOFRATACNA estarán
exoneradas del IGV, IPM, ISC, así como de todo
impuesto creado o por crearse, incluso de
aquellos que requieren de exoneración expresa,
pagando únicamente un Arancel Especial del 6%.
Son diez las instituciones beneficiadas de la
recaudación del arancel especial del 6%, según
Decreto Supremo Nº 021-2003-MINCETUR en su
artículo 2º y artículo 3º dispone la distribución
porcentual y fin de gasto del Arancel Recaudado.,
1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
1.2.1. Interrogante principal
¿Cuál es la dinámica de las migraciones
fronterizas y su relación con la recaudación del
arancel especial de ZOFRATACNA 210-2019?
1.2.2. Interrogantes secundarias